Calibración vs. verificación metrológica: qué necesitan realmente tus equipos

Si en tu IPS manejan “calibración” y “verificación metrológica” como si fueran lo mismo, no estás solo. Es una confusión habitual, pero tiene consecuencias reales: contratar el servicio equivocado puede dejarte con documentación que no cumple el requisito normativo, aunque técnicamente el trabajo se haya hecho bien.
Este artículo aclara la diferencia entre los dos procesos, explica cuándo aplica cada uno según el Decreto 1595 de 2015, y te ayuda a identificar qué necesita cada equipo de tu institución.
Qué es la calibración y qué es la verificación metrológica
La calibración es la comparación documentada de un instrumento de medición contra un patrón de referencia de mayor exactitud, trazable al Sistema Internacional de Unidades. El resultado es un certificado que indica los errores del instrumento y la incertidumbre de la medición.
La verificación metrológica, en cambio, busca confirmar que el equipo mide dentro de los márgenes aceptables para su uso clínico. Se realiza con equipos patrón trazables y genera un informe de verificación con los datos de las mediciones, pero no necesariamente requiere un laboratorio acreditado por ONAC.
La diferencia no es de calidad, sino de alcance regulatorio. Ambos procesos implican medir con patrones trazables. La distinción está en quién puede hacerlo y qué documento emite.
El Decreto 1595 y la clasificación en Grupo 1 y Grupo 2
El Decreto 1595 de 2015 establece el Sistema Nacional de Metrología en Colombia y define el control metrológico para instrumentos de medición. Para el sector salud, clasifica los instrumentos en dos grupos:
| Grupo | Tipo de control | Equipos típicos |
|---|---|---|
| Grupo 1 — Control metrológico legal | Calibración por laboratorio acreditado ONAC | Tensiómetros, básculas clínicas, balanzas de laboratorio, termómetros clínicos, micropipetas |
| Grupo 2 — Control metrológico general | Verificación metrológica con patrones trazables al SI | Monitores de signos vitales, ECG, oxímetros, desfibriladores, electrobisturíes, incubadoras, bombas de infusión, ventiladores, autoclaves |
Los equipos del Grupo 1 están sujetos a reglamentos técnicos metrológicos porque sus mediciones tienen impacto directo en decisiones clínicas. Los del Grupo 2 también miden, pero no están sujetos a esa reglamentación específica — lo que no significa que no necesiten control.
Qué equipos de tu IPS caen en cada grupo
Para una IPS típica de consulta externa en Santander, la distribución se ve así:
Grupo 1 (necesitan calibración acreditada ONAC): los tensiómetros (aneroides o digitales) de cada consultorio, la báscula clínica de cada consultorio, las balanzas de laboratorio clínico si aplica, los termómetros clínicos de contacto, las micropipetas si la IPS tiene laboratorio.
Grupo 2 (necesitan verificación metrológica con trazabilidad): el electrocardiógrafo, los pulsioxímetros, el monitor de signos vitales, el desfibrilador, el electrobisturí, el autoclave, las bombas de infusión, la incubadora neonatal, la cuna de calor radiante, el ventilador mecánico, el ecógrafo, las lámparas cialíticas, la unidad odontológica.
En la práctica, la mayoría de los equipos de una IPS son Grupo 2. Los del Grupo 1 son pocos pero requieren mayor rigor documental.
Qué documentación necesitas para cada proceso
Para equipos del Grupo 1 debes conservar el certificado de calibración emitido por un laboratorio con acreditación ONAC vigente para la magnitud correspondiente. El certificado debe incluir los valores medidos, la incertidumbre expandida con factor de cobertura, las condiciones ambientales durante la calibración, la trazabilidad declarada y el número de acreditación del laboratorio.
Para equipos del Grupo 2 debes conservar el informe de verificación metrológica o certificado de calibración con trazabilidad. Este documento debe incluir la identificación del equipo verificado (marca, modelo, número de serie), la identificación de los patrones utilizados con referencia a sus certificados vigentes, los datos de las mediciones y sus resultados, las condiciones ambientales, la fecha y el nombre del profesional responsable.
En ambos casos, la documentación debe estar vinculada a la hoja de vida del equipo y reflejada en el cronograma del PAME.
Errores frecuentes al contratar estos servicios
El error más frecuente no es técnico, sino administrativo: contratar verificación metrológica para un equipo del Grupo 1. El resultado puede ser técnicamente correcto, pero el documento no cumple el requisito normativo.
El primer error es contratar verificación metrológica para un equipo del Grupo 1. Un tensiómetro verificado por un ingeniero biomédico sin acreditación ONAC no cumple el requisito regulatorio, aunque la medición sea técnicamente correcta. En una auditoría de habilitación, eso es un hallazgo.
El segundo error es lo opuesto: pagar calibración acreditada ONAC para un equipo del Grupo 2 que no lo requiere. No está mal hacerlo — de hecho, es técnicamente mejor — pero puede ser un gasto innecesario, especialmente para IPS pequeñas con presupuesto limitado. Un monitor de signos vitales verificado con un simulador multiparámetro trazable cumple el requisito normativo.
El tercer error es no verificar el alcance de acreditación del laboratorio. Un laboratorio puede estar acreditado por ONAC para calibración de temperatura pero no para masa. Si te emite un certificado de calibración de báscula sin tener esa magnitud en su alcance, el certificado no tiene valor de acreditación. Si quieres profundizar en la periodicidad de calibración para básculas, lo explicamos en el artículo sobre cada cuánto calibrar una báscula clínica.
Preguntas frecuentes
¿Puedo usar el mismo proveedor para calibración y verificación?
Sí, siempre que el proveedor tenga registro INVIMA para las clases de riesgo correspondientes. Para los equipos del Grupo 1, el proveedor además debe ser un laboratorio acreditado ONAC o subcontratar la calibración con uno que lo sea. Un proveedor de ingeniería biomédica puede gestionar ambos servicios: realizar las verificaciones del Grupo 2 con sus propios patrones y coordinar las calibraciones del Grupo 1 con un laboratorio acreditado.
¿Cada cuánto debo calibrar o verificar?
La Resolución 1732 exige que las verificaciones metrológicas sigan el cronograma establecido en el PAME. La periodicidad depende del equipo, su frecuencia de uso y las recomendaciones del fabricante, pero el estándar general para calibración es anual.
¿Qué pasa si no tengo la calibración del Grupo 1 al día?
Es un hallazgo en la visita de verificación de la Secretaría de Salud. Dependiendo de la gravedad y de si hay un plan de corrección documentado, puede resultar en observaciones o, en casos extremos, en afectaciones a la habilitación del servicio.
¿Los pulsioxímetros son Grupo 1 o Grupo 2?
Depende del uso. Un pulsioxímetro de dedo para medición puntual es Grupo 2 (verificación metrológica). Si es un monitor de SpO₂ para uso continuo hospitalario donde una variación implica peligro inmediato, sigue siendo Grupo 2 pero con mayor exigencia en la verificación. No son Grupo 1 porque no están sujetos a un reglamento técnico metrológico específico.

